







La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) anunció este jueves, mediante una medida publicada en el Boletín Oficial bajo la Disposición 8385/2025, la prohibición para elaborar, fraccionar y comercializar siete marcas de café en todo el país. Esto fue porque se detectaron graves irregularidades tanto en el registro sanitario como en el rotulado.


La decisión seguirá vigente hasta que las empresas involucradas puedan regularizar su situación y, desde el organismo, confirmaron que buscan garantizar la seguridad alimentaria y evitar que productos sin el respaldo de las normativas lleguen a los consumidores. Los productos prohibidos por ANMAT son: Puro café espresso estilo italiano de la marca Caffé del Doge; todas las presentaciones del Café Sol de la Línea Baristas; el Puro cafe estilo italiano Blend de Caffé del Ponte Rialto; y el Expresso Café Crema.
La investigación fue gracias a una extensa investigación iniciada por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), el cual destectó que uno de los productos exhibía un número de RNPA inexistente. También pudieron notar la ausencia de datos obligatorios y la utilización de registros falsos.
Según revelaron, los productos eran entregados por la empresa Junio 1995 SRL y se fraccionaban en la planta Café Sol, ubicada en San Justo, dentro del partido de La Matanza. Justamente la ANMAT pudo confirmar que el establecimiento no tenía el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) vigente, por lo que se incautó la mercadería en cuestión y prohibieron que trabajen fraccionando el café.
Con esta determinación de la Administración Nacional de Medicina, Alimentos y Tecnología Médica, automáticamente se vuelve ilegal fraccionar, producir o comercializar los productos en todo el país. En caso de que algún comercio incurra en este delito, se podrá hacer la denuncia correspondiente con el objetivo de mantener al máximo la salud pública.




























