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title: "Impulsan una ley para frenar la ludopatía digital en niñas, niños y adolescentes"
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date_published: "2026-05-07T00:04:00-03:00"
date_modified: "2026-05-06T22:31:13-03:00"
author_name: "Redacción P24"
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category_name: "Actualidad"
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# Impulsan una ley para frenar la ludopatía digital en niñas, niños y adolescentes

La ludopatía digital se ha convertido en un problema de salud pública creciente, exacerbado por la expansión de las tecnologías, la publicidad agresiva y la falta de regulación integral a nivel nacional, conformando un comportamiento compulsivo que afecta principalmente a quienes son los principales usuarios de las nuevas tecnologías: niños, niñas y adolescentes.

Ante esta problematica, la diputada nacional **Karina Banfi** presentó un proyecto de ley que propone endurecer las restricciones contra la publicidad, promoción y acceso de menores de 18 años a los juegos de azar y a las apuestas online, con el objetivo de prevenir la ludopatía digital y proteger la salud física y mental de niñas, niños y adolescentes.

La iniciativa —que reproduce un expediente presentado en 2024— plantea modificaciones a la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y a la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, incorporando prohibiciones explícitas frente al avance del juego y las apuestas en entornos digitales.

**Prohibición del acceso y participación de menores**

Uno de los ejes centrales del proyecto es la reforma del artículo 20 de la Ley 26.061, que amplía el derecho al deporte, al juego recreativo y al esparcimiento, pero prohíbe de manera expresa el acceso, participación, utilización y permanencia de menores de 18 años en juegos —físicos o virtuales— que incentiven las apuestas y el azar y que puedan generar conductas adictivas.

Según el texto, el Estado debe garantizar programas recreativos saludables y específicos, especialmente para niñas, niños y adolescentes con discapacidad, a la vez que impedir prácticas lúdicas que deriven en daños a la salud física o mental.

**Freno a la publicidad de apuestas online**

El proyecto también introduce cambios al artículo 70 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, estableciendo la prohibición total de la publicidad, promoción, anuncios, difusión, incentivos o acciones de fidelización vinculadas a juegos de azar y apuestas online cuando estén dirigidas directa o indirectamente a menores de edad.

La norma alcanza a publicidades en televisión, radio, vía pública, plataformas digitales, redes sociales y cualquier otro formato de comunicación o marketing. En particular, prohíbe el uso de figuras infantiles, animaciones, deportistas, influencers o personalidades con fuerte llegada al público juvenil, así como mensajes que asocien el juego o la apuesta con el éxito personal o económico.

Además, impone a establecimientos, clubes deportivos, instituciones y espectáculos la obligación de abstenerse de utilizar frases o expresiones que vinculen implícita o explícitamente el juego con el éxito.

**Definición de ludopatía digital**

El proyecto incorpora definiciones clave para su aplicación. Define a la ludopatía digital como un desorden conductual caracterizado por el impulso irrefrenable a apostar o jugar en plataformas digitales, aun frente a pérdidas económicas y consecuencias negativas para la persona y su entorno.

Asimismo, amplía el concepto de juegos de azar, incluyendo apuestas, sorteos, pronósticos deportivos y juegos electrónicos cuyos resultados dependan total o parcialmente del azar, aun cuando intervengan elementos de destreza o habilidad.

Fuente: Parlamentario

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