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title: "ANÁLISIS | el proyecto que busca reconfigurar el mercado inmobiliario"
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date_published: "2026-07-28T00:59:00-03:00"
date_modified: "2026-07-28T00:17:28-03:00"
author_name: "Por Dihcar Labina"
category_name: "Opinion"
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# ANÁLISIS | el proyecto que busca reconfigurar el mercado inmobiliario

El proyecto del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado impulsa la supresión de la matrícula obligatoria y la habilitación de empresas comerciales y tecnológicas para intermediar. Entre la promesa de mayor competencia para abaratar costos y el temor del sector a una "precarización" con riesgos en la prevención del lavado de dinero.

El mercado inmobiliario argentino se encuentra ante las puertas de una reforma estructural sin precedentes recientes. La iniciativa encabezada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, no plantea un retoque superficial sobre los márgenes de la actividad;  por el contrario, **aspira a cambiar la naturaleza jurídica y operativa del corretaje inmobiliario**, transformándolo de una profesión liberal universitaria colegiada a un servicio de intermediación comercial de libre acceso.

El proyecto modifica la columna vertebral del Código Civil y Comercial y deroga el andamiaje normativo previo (incluidos tramos sustanciales de la Ley 20.266).  Esta iniciativa reordena la relación entre corredores tradiconales, plataformas digitales (*proptech*), sociedades comerciales, desarrolladores y consumidores.

## 1. El quiebre del paradigma profesional: del colegio obligatorio a la idoneidad voluntaria

El núcleo dogmático de la reforma radica en los requisitos de acceso. Hasta ahora, para intermediar en una compraventa o alquiler se exigía un título universitario específico, la matriculación en el colegio profesional de la jurisdicción correspondiente y la residencia local.

El texto redactado por el Poder Ejecutivo simplifica la regla: **solo se requerirá ser mayor de edad y poseer título secundario.**

`┌─────────────────────────────────────────────────────────────────────────┐ │ CAMBIO DE PARADIGMA REGULATORIO │ ├────────────────────────────────────────┬────────────────────────────────┤ │ MODELO VIGENTE │ PROYECTO STURZENEGGER │ ├────────────────────────────────────────┼────────────────────────────────┤ │ • Naturaleza: Profesión liberal. │ • Naturaleza: Servicio comercial│ │ • Exigencia: Título universitario. │ • Exigencia: Título secundario │ │ • Matrícula: Obligatoria por zona. │ • Matrícula: Eliminada / Libre.│ │ • Control: Colegios profesionales. │ • Control: Justicia ordinaria. │ │ • Honorarios: Fijados por ley/colegio. │ • Honorarios: Libre pacto. │ └────────────────────────────────────────┴────────────────────────────────┘`

Este viraje despoja a los Colegios de Corredores Inmobiliarios de la tutela de la actividad y de su poder disciplinario, transfiriendo cualquier litigio al fuero judicial común. Para el equipo económico, la colegiación funcionaba como una "barrera de entrada" que encarecía los costos de transacción para compradores, vendedores e inquilinos. Para las cámaras del sector, la medida representa una "desprofesionalización" que desprotege al usuario final ante la falta de estándares de idoneidad técnica.

## 2. Personas jurídicas y *Proptech*: la irrupción de las plataformas y el capital masivo

Uno de los puntos con mayor proyección transformadora es la **incorporación explícita de las personas jurídicas (sociedades comerciales) y las plataformas digitales** en el ejercicio del corretaje.

Históricamente, la normativa concebía la intermediación como un acto intuito personae (vinculado al individuo matriculado). La nueva regulación habilita a:

- **Empresas y Franquicias:** Las sociedades comerciales podrán actuar directamente como corredores, permitiendo que grandes fondos de inversión, desarrolladoras e inmobiliarias corporativas operen sin la intermediación de una persona humana matriculada.
- **Plataformas Digitales (*Proptech*):** Se autoriza expresamente la prestación de servicios inmobiliarios a través de entornos virtuales y herramientas tecnológicas.  Esto abre la puerta a que ecosistemas digitales procesen operaciones end-to-end (desde la tasación algorítmica hasta la firma de reservas), reconfigurando el rol del agente inmobiliario tradicional.

## 3. Descompresión de fronteras y libertad de honorarios

El proyecto establece el principio de **jurisdicción única nacional y libre competencia.** Quedan prohibidas las restricciones territoriales que obligaban a un corredor a matricularse en múltiples provincias si pretendía comercializar inmuebles en distintas zonas.

A esto se suma la **completas desregulación de las comisiones.** Quedan derogados los aranceles mínimos y los máximos fijados por leyes locales. La comisión será producto de la libre negociación entre las partes, abriendo la posibilidad de esquemas de tarifa plana (*flat fee*), comisiones por éxito variables o modelos *freemium* impulsados por plataformas tecnológicas.

## 4. Los frentes de conflicto: prevención de lavado y seguridad jurídica

La reforma genera resistencias tanto en el frente corporativo como en el institucional:

1. **El nudo ciego de la UIF (Control Antilavado):** Hoy los corredores matriculados revisten la calidad de **Sujetos Obligados** ante la Unidad de Información Financiera (Ley 25.246).  Están obligados a identificar el Origen Lícito de Fondos y emitir Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS).  La Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA) advierte que al eliminar la matrícula y atomizar la intermediación en actores informales, se debilita el sistema de prevención del lavado de dinero en un sector donde históricamente predominan las operaciones en efectivo.
2. **Seguridad y responsabilidad civil:** En el régimen actual, la matriculación está atada a un fondo de fianza y a la responsabilidad profesional sobre el estudio de títulos e informes dominiales. Al encuadrarse como una mera actividad comercial, el control de la vigencia de poderes, inhibiciones o embargos sobre un inmueble podría recaer en mayor medida sobre las partes contratantes o los escribanos, redefiniendo la distribución del riesgo en las transacciones.

## Un nuevo tablero para la economía inmobiliaria

La iniciativa legislativa del Ministerio de Desregulación traslada al mercado inmobiliario la misma lógica de "libertad de mercado" aplicada a otros sectores de la economía.

Si el proyecto obtiene la sanción en el Congreso, el mercado virará hacia un esquema donde la confianza ya no estará respaldada por un sello colegial ni por un título habilitante estatal, sino por **sistemas privados de reputación, algoritmos de plataformas, aseguradoras de caución y la propia dinámica competitiva de precios y servicio.**

Un escenario que promete menores costos directos de transacción e innovación tecnológica, pero que desafía al ecosistema tradicional a redefinir su propuesta de valor ante una competencia abierta y sin fronteras.

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