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title: "OSEF | Establecen nuevas reglas de ayudas económicas por derivación"
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date_published: "2026-10-23T11:18:00-03:00"
date_modified: "2026-10-23T11:20:26-03:00"
author_name: "Redacción P24"
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category_name: "Tierra del Fuego"
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# OSEF | Establecen nuevas reglas de ayudas económicas por derivación

La Obra Social del Estado Fueguino (**OSEF**) aprobó un nuevo reglamento para el otorgamiento, liquidación y pago de ayudas económicas destinadas a los afiliados que deben trasladarse fuera de su lugar habitual de residencia por motivos de atención médica.

La medida fue formalizada a través de la                                     Resolución de Presidencia 926/26                                                         , publicada en el Boletín Oficial, y establece un procedimiento administrativo específico para gestionar estos subsidios y controlar su uso. Según la normativa, estas ayudas tienen carácter de subsidio para contribuir a solventar los gastos de permanencia fuera de la residencia habitual, sin implicar una rendición de los gastos efectuados. No obstante, se aclaró que la autorización de la derivación no garantiza automáticamente el cobro, quedando excluidos aquellos traslados o atenciones que no cuenten con el aval de la obra social.

El período del beneficio se determinará según la derivación, las fechas de atención y las condiciones médicas, estableciéndose un **plazo máximo inicial de 30 días** por derivación, el cual podrá ser prorrogado mediante justificación y autorización de Auditoría Médica. En cuanto a la modalidad de pago, este se otorgará al afiliado titular, aunque podrá efectuarse a un acompañante o apoderado si las circunstancias lo ameritan, organizándose mediante expedientes quincenales para agilizar las liquidaciones.

Por último, el régimen impone la obligación de comunicar el regreso anticipado y efectuar el cierre de la derivación al finalizar, contemplando el recupero de sumas abonadas indebidamente en caso de incumplimientos. Asimismo, el reglamento incluye ayudas económicas para pasajes terrestres interurbanos dentro de la provincia, cubriendo el costo de los pasajes para regresos en el día o contemplando viáticos adicionales si fuera necesario pernoctar con justificación médica previa.

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