INICIATIVA PRIVADA | Ushuaia reglamentó el nuevo Régimen Municipal para impulsar la inversión local

Tierra del Fuego21/10/2026Redacción P24Redacción P24

​La Municipalidad de Ushuaia puso en marcha una importante actualización normativa para canalizar el capital privado en obras y proyectos de interés público dentro de la capital fueguina. A través de la reglamentación de la Ordenanza Municipal N° 6378, la gestión local estableció el marco procedimental y los requisitos para la presentación, evaluación y eventual adjudicación de propuestas impulsadas por el sector privado bajo el Régimen Municipal de Iniciativa Privada (ReMIP).

​El nuevo decreto municipal deja sin efecto la normativa reglamentaria anterior con el objetivo de dotar de mayor previsibilidad, agilidad y transparencia a las propuestas que acerquen inversores particulares o corporativos.

​Procedimiento y presentación de propuestas

​Según dispone la norma, la Secretaría de Economía y Finanzas actuará como la autoridad de aplicación del régimen. En este ámbito se dispuso la creación y administración de la Base Municipal de Iniciativas Privadas, un registro donde deberán inscribirse de manera formal todas las presentaciones formalizadas.

​Los proyectos privados podrán ser ingresados bajo dos modalidades bien definidas:

  • ​Por convocatoria pública: Cuando el Municipio llame explícitamente a presentar iniciativas para áreas de desarrollo estratégicas o sectores específicos de interés comunal.

  • ​Sin convocatoria previa: Presentaciones espontáneas impulsadas por los propios promotores privados, quienes deberán argumentar y fundamentar técnicamente las razones de interés público que justifican la ejecución del proyecto.

​Transparencia y licitación pública

​El ReMIP establece que, tras la presentación formal, las iniciativas serán evaluadas por el Ejecutivo municipal para determinar su viabilidad técnica, económica y urbana. Aquellas propuestas que sean declaradas formalmente de interés público por el Municipio servirán de base para el posterior llamado a licitación pública, garantizando un mecanismo de libre concurrencia y transparencia conforme a la legislación de compras y contrataciones vigente.

​Por otro lado, la normativa aclara los alcances económicos y presupuestarios para quienes promuevan este tipo de ideas: en caso de que una iniciativa sea rechazada o desestimada antes o durante la fase de evaluación, el Municipio no asumirá ninguna obligación económica, reembolso de gastos ni pago de honorarios frente a los promotores.

​Aspectos pendientes y proyección económica

​Si bien esta reglamentación marca un hito administrativo fundamental para dinamizar el desarrollo urbano e infraestructural de la ciudad, el Ejecutivo municipal reservó para posteriores instancias la regulación detallada de ciertos puntos específicos. Entre ellos se destacan la cuantificación de honorarios, los mecanismos precisos de reconocimiento de derechos de autoría a los proyectistas, y la articulación operativa con el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) nacional a nivel local.

​Con este ordenamiento, la comuna busca afianzar un ecosistema previsible para el desembarco de capitales privados en áreas clave de la ciudad, modernizar la gestión pública y acelerar las respuestas de infraestructura de cara al crecimiento de Ushuaia.

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