Neuquén: Al igual que ATE, la provincia consideró que es inconstitucional la restitución de ganancias a los estatales

Neuquén24/07/2024
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En un escrito remitido al Juzgado de Juicios Ejecutivos N.º 2 de Neuquén, el fiscal de Estado de la Provincia, Raúl Gaitán, calificó como "inconstitucional" el artículo 81 incorporado por el Título V de la Ley de Bases 27.743. Esta respuesta se da en el contexto del traslado conferido por la Justicia en relación con la acción de amparo presentada por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) contra la restitución del impuesto a las Ganancias.

Gaitán fundamentó la postura de la Provincia, que actúa como agente de retención del impuesto, en cuatro puntos clave: la violación del reparto de competencias entre el Estado federal y las provincias, el procedimiento de sanción de las leyes, el principio de igualdad tributaria y razonabilidad, y el principio de progresividad en derechos humanos.

El artículo 8 de la Constitución provincial impone a las autoridades neuquinas la defensa de la autonomía, y bajo ese mandato, Gaitán argumentó que la normativa nacional intenta derogar leyes provinciales y normas de los Convenios Colectivos de Trabajo del sector público provincial. Estas normas prohíben incluir el 40 % de los ingresos de los trabajadores estatales en el cálculo del impuesto a las ganancias.

Gaitán recordó que los convenios colectivos del sector público provincial establecen que el 40 % del salario corresponde a gastos de movilidad, viáticos y compensaciones análogas, bajo el concepto de dedicación funcional. Estas disposiciones fueron aprobadas por la ley 3378 mucho antes de la promulgación de la Ley 27.743. Además, subrayó que la regulación del empleo público y los CCT del sector público son competencias exclusivas de las provincias.

Respecto de la medida cautelar presentada por el gremio ATE, el fiscal de Estado sostuvo que es el único medio para evitar la afectación de los ingresos de los trabajadores estatales. Además, añadió que para que el Estado Provincial no actúe como agente de retención del impuesto a las Ganancias, se debe declarar inconstitucional a la norma nacional que interfiere con las leyes provinciales y la autonomía del Estado provincial, y que esta declaración solo puede ser emitida por el Poder Judicial.

Gaitán enfatizó que el artículo 81 de la Ley 27.743 es inconstitucional porque prescribe que ninguna norma de derecho público provincial, municipal o de los convenios colectivos del sector público puede regular la naturaleza jurídica de ítems, adicionales o bonificaciones de los empleados provinciales o municipales. Asimismo, señaló que esta norma es regresiva respecto al estatus de protección de los trabajadores estatales de la provincia, adquirido antes de su sanción, sin que el Estado Nacional haya justificado la regresión.

El fiscal también cuestionó el procedimiento de sanción de la Ley de Bases, debido a las modificaciones introducidas. Afirmó que el Título V de la Ley 27.743 es, en realidad, una ley distinta y no podía ser tratada tras el rechazo absoluto de una de las Cámaras del Congreso, conforme lo estipula el artículo 81 de la Constitución Nacional.

Finalmente, Gaitán destacó que el impuesto a las Ganancias no contempla el mayor costo de vida en la región patagónica, violando los principios de igualdad y razonabilidad. Argumentó que los empleados públicos de la provincia enfrentan condiciones desiguales en comparación con el resto del país debido a los altos costos de vida en la región. En consecuencia, solicitó a la Justicia que declare la admisibilidad de la acción de amparo presentada por ATE y dicte la medida cautelar requerida.

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