Tierra del Fuego: La empresa Camuzzi Gas del Sur ya comenzó con el proceso de facturación de los consumos impagos
Tierra del Fuego05/11/2024De acuerdo al fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia que, a fines de agosto, revocó el amparo del Juzgado Federal de Río Grande que, en junio pasado, había ordenado a Camuzzi a no aplicar por un plazo de 90 días los cuadros tarifarios autorizados por las resoluciones 41/24 de la Secretaría de Energía de Nación y la 122/24 del Enargas, la empresa distribuidora de gas por redes anunció a los clientes de Tierra del Fuego que está “en condiciones de comenzar con la normalización definitiva de las facturas de servicio en la provincia”.
En ese marco, los cautivos usuarios de Camuzzi comenzaron a recibir un correo electrónico en el que, sin mayores presiones, la empresa notifica el monto reclamado, e informa que el recupero se hará en 4 cuotas para los usuarios residenciales y 2 cuotas para las demás categorías de consumidores.
“Para acompañar el esfuerzo de la población fueguina, hemos definido que las sumas no abonadas sean facturadas en forma paulatina, en 4 cuotas iguales y consecutivas, cuyos vencimientos serán efectivos entre los meses de diciembre y abril del 2025. En ese marco, en tu próxima liquidación de servicio verás el importe correspondiente por los consumos que hayas efectuado durante el periodo y, en una línea aparte, la cuota correspondiente al proceso mencionado bajo la leyenda “Recupero Amparo TDF Cuota n/4”, indica el mail.
Es de tener en cuenta que el monto de cada cuota del recupero se adicionará al monto de la facturación mensual del servicio. De un relevamiento realizado por EDFM entre clientes de Camuzzi, surge que cada cuota tendrá un valor aproximado al 40% de la factura a pagar.
“La metodología propuesta busca mitigar futuros inconvenientes para los usuarios al prorrogar las sumas adeudadas en 4 etapas consecutivas (o 2 en el caso de los SGP), aplicadas en los periodos de menor consumo, justamente para que los usuarios puedan regularizar su condición durante el verano y en forma anticipada al invierno 2025”, señala la empresa.
Crónica de un tarifazo anunciado
El 29 febrero de este año se realizó la audiencia pública que había sido convocada por la Secretaría de Energía de Nación para definir los cuadros tarifarios de, entre otras empresas, Camuzzi Gas del Sur, que implicaban subas a partir del 1 de abril subas que, dependiendo de la categoría de usuarios, iban del 350% a un 1.500%.
A mediados de mayo, el Gobierno Provincial junto a los Municipios, Legisladores. Diputados, Senadores, sindicatos y organizaciones sociales y vecinos presentaron ante el Juzgado Federal de Río Grande un amparo colectivo contra el tarifazo.
La jueza Mariel Borruto hizo lugar a la medida solicitada, por lo que solicitó a la Secretaría de Energía de la Nación y al Ente Nacional Regulador de Gas (Enargas) que se abstuvieran de implementar por 90 días los nuevos cuadros tarifarios a todos los usuarios y consumidores del servicio público de gas por redes en la subzona tarifaria Tierra del Fuego. Además, dispuso que Camuzzi Gas del Sur se inhibiera de exigir o perseguir el cobro de cualquier suma de dinero basada en las facturas emitidas a partir de la implementación de esos nuevos cuadros tarifarios y de proceder con el corte o la suspensión del suministro de gas por falta de pago.
Para la jueza no se evidenciaba que las tarifas propuestas fueran justas y razonables, ni que garantizarán “la igualdad, el libre acceso y uso generalizado del servicio público de gas natural”.
Tanto los organismos nacionales como la empresa apelaron el decisorio ante la Cámara Federal con asiento en Comodoro Rivadavia. A fines de agosto, los jueces Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez resolvieron “revocar la medida cautelar ordenada el 23 junio” por la Jueza Federal de Río Grande Mariel Borruto. Además, y “para evitar el impacto” sobre la economía de los fueguinos, en la Resolución se indicaba que “cualquier eventual diferencia que se hubiere generado en la facturación como consecuencia de la cautelar dictada en la instancia precedente, no deberá ser inmediatamente incluida en el período siguiente facturado”.
Aún resta que la jueza Borruto resuelva la cuestión de fondo, es decir si resulta válido el cuestionamiento de que los cuadros tarifarios cuestionados “no cumplirían con los requisitos de previsibilidad, proporcionalidad y gradualidad para los usuarios del sistema”. De todas maneras, al resolver el rechazo del amparo los camaristas señalaron que la Jueza “no tuvo en cuenta que posterior a los períodos de facturación considerados, las autoridades naciones adoptaron una serie de medidas de orden tarifaria que impiden sostener que la situación de exorbitancia y falta de gradualidad en la facturación se mantenga en la actualidad”.