La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló un fallo emitido por el Superior Tribunal de Justicia de Chubut en un caso de abuso sexual agravado y ordenó que se dicte una nueva resolución. El máximo tribunal hizo lugar a un recurso presentado por el Procurador General de Chubut, Jorge Miquelarena, quien cuestionó las arbitrariedades en el tratamiento del caso.
El caso se originó en 2016, cuando una mujer denunció a su expareja por abuso sexual con acceso carnal en el contexto de una relación de violencia de género. Según la Fiscalía, el acusado forzó a la víctima a mantener relaciones sexuales en su domicilio tras una discusión.
En 2018, un tribunal local absolvió al acusado alegando falta de pruebas suficientes, argumentando, entre otros puntos, que el sobrepeso de la víctima hacía improbable el delito. La defensa basó su estrategia en estereotipos discriminatorios, sosteniendo que una relación no consentida no habría sido factible por las características físicas de la mujer.
El fallo absolutorio fue ratificado por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Chubut, que desestimó como inadmisible el recurso presentado por la Fiscalía. Ante esta situación, el Procurador General elevó el caso a la Corte Suprema, señalando graves irregularidades y la ausencia de perspectiva de género en las decisiones previas.
UNA CORTE QUE CUESTIONA EL SESGO JUDICIAL
La Corte Suprema consideró que tanto la absolución inicial como su ratificación carecieron de una fundamentación razonable y adecuada. Resaltó que las resoluciones judiciales deben estar basadas en pruebas interpretadas sin prejuicios ni estereotipos, algo que no se respetó en este caso.
El fallo del máximo tribunal destacó la importancia de abordar los hechos con perspectiva de género, en línea con la Convención de Belém do Pará y la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Estas normativas obligan al Estado a garantizar procesos judiciales efectivos y a evitar decisiones que perpetúen la discriminación.
Con la anulación del fallo anterior, la Corte Suprema ordenó que el caso sea remitido nuevamente a la justicia provincial para que se dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a las garantías constitucionales y con perspectiva de género.
EL PESO DE LOS ARGUMENTOS
El juicio inicial estuvo marcado por declaraciones controvertidas, como las de la defensora del acusado, María Angélica Leyba, quien argumentó que el abuso no era posible debido al sobrepeso de la víctima. "No es mi ánimo ofender, pero estamos analizando un hecho de abuso sexual de una mujer obesa", expresó durante los alegatos.
Leyba cuestionó detalles como la dificultad para remover prendas ajustadas, generando indignación en sectores que defienden la importancia de una perspectiva libre de prejuicios en estos casos.
Por su parte, las juezas Patricia Reyes, Marcela Pérez y Patricia Asaro, responsables del fallo absolutorio, reconocieron que las pruebas eran insuficientes para despejar la duda razonable y otorgaron el beneficio de la duda al acusado.
La decisión de la Corte Suprema subraya la obligación del sistema judicial de garantizar el respeto por los derechos de las víctimas y de abordar los casos de violencia de género con un enfoque adecuado. Este fallo no solo plantea una revisión del caso en particular, sino que también busca sentar precedentes para evitar interpretaciones judiciales que perpetúen prejuicios o estereotipos discriminatorios.