


Impulsan una ley para frenar la ludopatía digital en niñas, niños y adolescentes
Actualidad07/05/2026
Redacción P24

La ludopatía digital se ha convertido en un problema de salud pública creciente, exacerbado por la expansión de las tecnologías, la publicidad agresiva y la falta de regulación integral a nivel nacional, conformando un comportamiento compulsivo que afecta principalmente a quienes son los principales usuarios de las nuevas tecnologías: niños, niñas y adolescentes.


Ante esta problematica, la diputada nacional Karina Banfi presentó un proyecto de ley que propone endurecer las restricciones contra la publicidad, promoción y acceso de menores de 18 años a los juegos de azar y a las apuestas online, con el objetivo de prevenir la ludopatía digital y proteger la salud física y mental de niñas, niños y adolescentes.
La iniciativa —que reproduce un expediente presentado en 2024— plantea modificaciones a la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y a la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, incorporando prohibiciones explícitas frente al avance del juego y las apuestas en entornos digitales.
Prohibición del acceso y participación de menores
Uno de los ejes centrales del proyecto es la reforma del artículo 20 de la Ley 26.061, que amplía el derecho al deporte, al juego recreativo y al esparcimiento, pero prohíbe de manera expresa el acceso, participación, utilización y permanencia de menores de 18 años en juegos —físicos o virtuales— que incentiven las apuestas y el azar y que puedan generar conductas adictivas.
Según el texto, el Estado debe garantizar programas recreativos saludables y específicos, especialmente para niñas, niños y adolescentes con discapacidad, a la vez que impedir prácticas lúdicas que deriven en daños a la salud física o mental.
Freno a la publicidad de apuestas online
El proyecto también introduce cambios al artículo 70 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, estableciendo la prohibición total de la publicidad, promoción, anuncios, difusión, incentivos o acciones de fidelización vinculadas a juegos de azar y apuestas online cuando estén dirigidas directa o indirectamente a menores de edad.
La norma alcanza a publicidades en televisión, radio, vía pública, plataformas digitales, redes sociales y cualquier otro formato de comunicación o marketing. En particular, prohíbe el uso de figuras infantiles, animaciones, deportistas, influencers o personalidades con fuerte llegada al público juvenil, así como mensajes que asocien el juego o la apuesta con el éxito personal o económico.
Además, impone a establecimientos, clubes deportivos, instituciones y espectáculos la obligación de abstenerse de utilizar frases o expresiones que vinculen implícita o explícitamente el juego con el éxito.
Definición de ludopatía digital
El proyecto incorpora definiciones clave para su aplicación. Define a la ludopatía digital como un desorden conductual caracterizado por el impulso irrefrenable a apostar o jugar en plataformas digitales, aun frente a pérdidas económicas y consecuencias negativas para la persona y su entorno.
Asimismo, amplía el concepto de juegos de azar, incluyendo apuestas, sorteos, pronósticos deportivos y juegos electrónicos cuyos resultados dependan total o parcialmente del azar, aun cuando intervengan elementos de destreza o habilidad.
Fuente: Parlamentario






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