El laberinto de las multas de tránsito: por qué la prescripción de las deudas es un caos federal en la Argentina

Actualidad22/06/2026Redacción P24Redacción P24

ESTUDIO FERNANDEZ

La reciente unificación del sistema de infracciones de tránsito por parte del Gobierno nacional puso el foco sobre una de las mayores zonas grises del derecho vial argentino: la prescripción de las multas. Aunque las faltas ahora se codifiquen igual de Ushuaia a La Quiaca, el tiempo que tiene el Estado para cobrarle a un conductor sigue siendo un rompecabezas federal donde el lugar geográfico del hecho determina la suerte del infractor.

El principio general es claro, pero su aplicación es caótica. La Ley Nacional de Tránsito (en su artículo 89) estipula un estándar: las faltas leves caducan a los 2 años y las graves a los 5 años. Sin embargo, debido a las autonomías provinciales, conviven hoy en el país al menos cinco criterios temporales distintos, transformando las deudas vehiculares en un escenario de asimetría jurídica.

El análisis del esquema normativo provincia por provincia demuestra que el territorio argentino se divide en feudos legales con respecto a la caducidad vial:

El bloque alineado al criterio nacional

Jurisdicciones de alto caudal vehicular como la Provincia de Buenos Aires y Santa Fe, junto con Chaco, Santa Cruz, Santiago del Estero y Tucumán, respetan el esquema dual: 2 años para lo leve y 5 años para lo grave. Es el modelo que busca premiar o castigar según el daño potencial de la conducta al volante.

El bloque de los "5 años para todo"

En la vereda opuesta, un grueso de provincias y la propia capital del país optaron por la máxima rigidez. CABA (bajo la Ley 451), Entre Ríos, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Misiones, Río Negro, Salta y San Luis establecen que cualquier infracción recién prescribe a los 5 años, equiparando una falta de estacionamiento menor con cruzar un semáforo en rojo o correr una picada ilegal.

Los distritos con "leyes propias"

  • Córdoba y Neuquén: Cortaron por lo sano con un plazo único de 3 años para todo tipo de multas.

  • Mendoza: Aplica un escalonamiento de tres niveles: 2 años (leves), 3 años (graves) y 4 años (gravísimas).

  • Chubut: Es el caso más benévolo del país. Sus plazos van desde apenas 6 meses (si no se inició procedimiento) hasta un máximo de 2 años si ya cuenta con sentencia firme.

  • Corrientes, San Juan y Tierra del Fuego: Fijan un plazo plano de 2 años sin distinguir gravedad.

El análisis: Las dos trampas del sistema que atrapan al conductor

Más allá de los plazos escritos en el papel, el verdadero análisis del sistema revela que la prescripción casi nunca opera de forma automática, configurando lo que los especialistas denominan "trampas administrativas".

La interrupción del reloj: El contador que vuelve a cero

El tiempo de prescripción no es un cronómetro lineal. El reloj se frena y vuelve a arrancar desde cero bajo dos circunstancias clave:

La reincidencia: Si el conductor comete una nueva infracción grave en el interín.

El impulso estatal: Cada vez que el Estado avanza formalmente con el reclamo (una notificación fehaciente, una citación o el inicio de un juicio de apremio). Esto estira la vida útil de la deuda de manera casi indefinida si la administración es activa.

El mito de la "caducidad automática"

Este es el punto de mayor conflicto para los usuarios. Una multa que cumplió su plazo legal de prescripción no desaparece por arte de magia de los registros públicos.

Cuando un ciudadano intenta vender su auto o renovar la licencia de conducir, las multas "vencidas" siguen saltando en el sistema de antecedentes viales. Para eliminarlas, el Estado obliga al ciudadano a adoptar un rol proactivo: se debe presentar un descargo formal solicitando la prescripción ante el Juzgado de Faltas correspondiente.

La paradoja del sistema: El Estado mantiene deudas formalmente extinguidas en sus plataformas informáticas, forzando al conductor a litigar administrativamente o, en muchos casos, a pagar por el apuro de destrabar un trámite urgente (como la venta del vehículo).

Conclusión: Hacia una urgente homogeneización

La unificación de códigos de infracción recientemente dictada es un avance técnico innegable, pero ataca la superficie del problema. Mientras no exista un consenso federal profundo para unificar también los plazos de prescripción y automatizar la baja de las deudas caducas, el sistema de faltas de tránsito de la Argentina seguirá siendo percibido por los ciudadanos más como una herramienta de recaudación fiscal interjurisdiccional que como un mecanismo transparente de educación y seguridad vial.

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