Cambia la forma de solicitar medicamentos en PAMI

Actualidad07/12/2024
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En las últimas horas, PAMI informó que a partir de hoy sus afiliados podrán solicitar la cobertura de medicamentos de manera más simple, ágil y rápida, pues se simplificó el trámite.

Según informó la obra social, para mantener el 100 % de cobertura en los medicamentos ya no se necesitará descargar, completar y cargar la declaración jurada. Ahora, los afiliados pueden dirigirse directamente a las agencias de PAMI con su DNI y credencial de afiliado, con o sin turno para hacer la solicitud.

Este cambio busca agilizar los trámites que realizan los afiliados de PAMI, pues en adelante será más rápido y sencillo reclamar los medicamentos en las farmacias para continuar con sus tratamientos.

El proceso se puede realizar tanto virtual como presencialmente. De forma presencial se lleva a cabo en cualquiera de las oficinas de la obra social a nivel nacional. Allí hay que acudir con DNI y credencial del afiliado.

Además, se puede realizar el proceso de forma virtual en la página web del organismo. Al sitio se ingresa con el número de afiliado y DNI. Luego, se debe buscar la sección de “Trámites Web”, seleccionar “medicamentos sin cargo por subsidio social” y luego en “Iniciar este trámite” para completar todos los datos requeridos.

No obstante, la entidad remarcó que el subsidio es para aquellos afiliados que realmente lo necesiten, por lo que se deben cumplir varias condiciones y requisitos para solicitarlo.

Asimismo, aclararon que aunque ahora será más fácil y rápido hacer la solicitud, todos los afiliados que cumplan con los requisitos para mantener la cobertura deben hacer el trámite de manera obligatoria.

Cuáles son los requisitos
Para mantener la cobertura de medicamentos en la obra social es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

Tener ingresos netos menores a 1,5 haberes previsionales mínimos ($389.398). En el caso de los hogares que tienen un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales deben ser menores a tres haberes previsionales mínimos (hoy $778.796). Este caso, no se aplica cuando la medicación indicada es igual o mayor al 15 % de los ingresos. En estos casos el afiliado puede solicitar igual la cobertura al 100 % via trámite de excepción. 
No estar afiliado a un sistema de medicina prepaga en simultáneo con la afiliación al Instituto.
No ser propietario de más de un (1) inmueble, aeronaves o embarcaciones de lujo.
No tener un vehículo con menos de diez (10) años de antigüedad. En aquellos hogares que posean un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), pueden ser titulares de hasta un vehículo con menos de diez (10) años de antigüedad.
No ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

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