







La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), antes conocida como AFIP, mantiene activos los controles sobre las transferencias de dinero entre cuentas propias y operaciones realizadas a través de billeteras virtuales. En este contexto, es importante conocer los límites vigentes para evitar inspecciones o requerimientos de información.


Desde marzo de 2025, las transferencias entre cuentas propias por montos inferiores a $600.000 no deberían generar mayores inconvenientes. Sin embargo, aquellos usuarios que transfieran más de $600.000 o mantengan saldos mensuales iguales o superiores a $1.000.000 pueden ser sometidos a revisiones por parte del organismo fiscalizador.
Además, las operaciones realizadas a través de billeteras virtuales -como Mercado Pago, Ualá o similares- por montos superiores a $2.000.000 también quedarán bajo supervisión de la ARCA.
Entre los documentos que podría solicitar el organismo para justificar los movimientos financieros se encuentran:
-Boletas de compra y venta.
-Documentos de venta de acciones o empresas.
-Recibos de sueldo o haberes jubilatorios.
-Facturación de los últimos meses.
-Constancia de inscripción al monotributo.
-Certificados de fondos emitidos por contadores públicos.
Desde el organismo remarcaron la importancia de contar con comprobantes que respalden el origen de los fondos para evitar posibles sanciones o reportes ante la Unidad de Información Financiera (UIF).
Por otra parte, en caso de que bancos o fintechs soliciten documentación respaldatoria, es fundamental responder en los plazos estipulados, ya que la falta de respuesta puede derivar en la calificación de la operación como sospechosa.
La medida forma parte de un esquema de control más estricto impulsado para combatir maniobras de evasión y lavado de activos, en un contexto de creciente digitalización de los movimientos financieros en el país.













