







La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) recuerda que el próximo miércoles 7 de mayo finaliza la Etapa 3 del Régimen de Regularización de Activos, establecido por la Ley 27.743.


Quienes aún no hayan adherido podrán hacerlo hasta esa fecha, cumpliendo con el pago adelantado obligatorio y presentando la manifestación de adhesión. Luego, habrá tiempo hasta el 6 de junio inclusive para presentar la declaración jurada y abonar el saldo remanente del impuesto especial.
Durante las etapas anteriores del régimen, se exteriorizaron aproximadamente USD 32.000 millones, de los cuales casi USD 10.000 millones correspondieron a bienes registrables como inmuebles y vehículos. Más de 278.000 contribuyentes ingresaron al régimen, y se declararon 267.076 cuentas, incluidas 16.290 cuentas en el exterior.
Beneficio especial en esta etapa
En esta última etapa, la regularización no tendrá costo cuando se declaren la totalidad de los bienes. En caso de que se supere el monto exento, se aplicará una alícuota del 15% únicamente sobre el excedente.
¿Cómo adherirse al régimen?
La manifestación de adhesión se realiza a través del servicio "Portal Régimen de Regularización de Activos – Ley 27.743", seleccionando la opción "Manifestación de Adhesión" y completando el Formulario F. 3320.
¿Cómo efectuar el pago adelantado?
El pago adelantado obligatorio se debe realizar en dólares estadounidenses desde el mismo portal, accediendo a la opción "Pago Adelantado" y generando un VEP con los siguientes códigos:
Impuesto: 1009
Concepto: 027
Subconcepto: 027
Declaración jurada y pago del impuesto especial
La presentación de la declaración jurada y el pago del impuesto de regularización deberán efectuarse hasta el 6 de junio de 2025, inclusive.
Cambios para la declaración jurada anual de Ganancias 2024
ARCA también oficializó las novedades respecto a la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias 2024. Lo hizo a través de la Resolución General 5683/2025 publicada en el Boletín Oficial.
En primer término, se establece que la Declaración Jurada Patrimonial informativa será obligatoria cuando el importe bruto de las rentas obtenidas en el año fiscal resulte igual o superior a $150.000.000. Dicho importe se actualizará anualmente por IPC.
ARCA Ganancias: nuevas pautas para la liquidación anual
Asimismo, los contribuyentes que hubieran adherido al REIBP quedan dispensados de la presentación por los períodos 2024 a 2027.
Respecto a la Liquidación Anual F. 1359, se presentarán por transferencia electrónica de datos cuando el importe bruto de las rentas obtenidas en el año fiscal resulte igual o superior a la sumatoria del "Mínimo no Imponible" y la "Deducción Especial Incrementada" vigentes para el año que se liquida. Para 2024 $20.321.391,40.
Los agentes de retención podrán presentar la liquidación anual correspondiente al periodo fiscal 2024 en forma excepcional hasta el 9 de mayo de 2025, inclusive.
Asimismo, se implementa un procedimiento simplificado de autorretención para ingresar retenciones no practicadas.
ARCA: más plazo para las MiPyMEs
ARCA también extendió hasta el próximo 30 de mayo el plazo para que Micro, Pequeñas o Medianas Empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes puedan adherirse a los planes de facilidades de pago vigentes.
Lo hizo a través de la Resolución General 5680/25, publicada en el Boletín Oficial este miércoles. Es importante destacar que en todos los casos, este régimen contempla las obligaciones vencidas y multas aplicadas hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
¿Qué obligaciones se encuentran incluidas?
Impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidas sus intereses y multas.
Retenciones y percepciones impositivas.
Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses.













