Qué operaciones de las billeteras virtuales están exentas de pagar impuestos en la provincia de Buenos Aires

Actualidad11/09/2025
f685x385-851680_889373_4223

A partir del próximo 1 de octubre, las billeteras virtuales que operan en la provincia de Buenos Aires deberán aplicar un nuevo régimen de retenciones sobre los montos que se acrediten en las cuentas de pago de los usuarios alcanzados por el impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB). La medida se implementará mediante el Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA) y afectará a monotributistas, comerciantes y pequeñas empresas que utilizan estas plataformas como canal de cobro.

El mecanismo funcionará de manera automática: cada vez que se acredite dinero en una cuenta de pago, la e-wallet deberá consultar el padrón de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (COMARB). Allí figura qué alícuota corresponde aplicar a cada contribuyente según su actividad principal y los porcentajes varían entre 0,01 % y 5 %, por lo que lo retenido de cada billetera virtual se destina como anticipo de Ingresos Brutos.

Sin embargo, la resolución bonaerense aclara que no todos los ingresos quedarán sujetos a descuentos. Se confeccionó un listado de excepciones que apunta a preservar operaciones de naturaleza social, laboral o financiera que ya cuentan con regulación específica. Entre los casos excluidos figuran los sueldos, jubilaciones y pensiones, así como las asignaciones familiares, la Asignación Universal por Hijo y los subsidios sociales. Tampoco se verán alcanzadas las acreditaciones por becas, planes alimentarios, indemnizaciones laborales, devoluciones de tributos, ni los reintegros del IVA por consumos con tarjeta.

 El cobro tendrá algunas excepciones puntuales.
Además, las billeteras virtuales no retendrán en movimientos asociados a operaciones financieras reguladas, como vencimientos de plazos fijos, rescates de fondos comunes de inversión con capital propio, pagos de siniestros de aseguradoras, transferencias desde el exterior o liquidaciones de exportaciones. También quedan excluidos los traspasos entre cuentas del mismo titular, la devolución de fondos embargados y las operaciones judiciales relacionadas con alimentos o indemnizaciones. Incluso las promociones comerciales de las propias aplicaciones no estarán alcanzadas.

Con esta decisión, Buenos Aires se suma a un esquema que ya utilizan casi todas las provincias, a excepción de CABA, Santa Fe y La Pampa. Para el Gobierno provincial, se trata de una medida de "armonización tributaria" que busca dar un tratamiento equitativo a todos los medios de pago. Si bien muchos usuarios comenzarán a notar retenciones en sus cuentas digitales, la existencia de un listado detallado de excepciones aporta claridad y previsibilidad tras horas de incertidumbre.

Te puede interesar

COLORSHOP

DON CARLOS PARQUES Y JARDINES

Lo más visto