Fallo clave: La Justicia Electoral declaró la nulidad de la convocatoria a la reforma constituyente

Tierra del Fuego27/05/2026Redacción P24Redacción P24

En un revés judicial estratégico para el Poder Ejecutivo provincial, el Juzgado Electoral de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur declaró la nulidad absoluta del Decreto Provincial Nº 0751/26. La medida, dictada por la jueza Mariel Zanini, frena el llamado a elecciones de convencionales constituyentes que el gobierno fueguino había programado para el próximo 9 de agosto de 2026.

El argumento central de la magistrada radica en que el Ejecutivo se apresuró en firmar el decreto sin que se cumpliera un requisito legal previo y obligatorio impuesto por el Superior Tribunal de Justicia (STJ): que la sentencia sobre el proceso de reforma constitucional estuviera firmemente consolidada.

La resolución judicial hace foco en una distinción técnica pero crucial dentro del derecho procesal: la diferencia entre una sentencia "ejecutable" y una "sentencia firme".

El Superior Tribunal provincial había supeditado cualquier nueva convocatoria electoral a que quedara firme el fallo en la causa “Lechman, Jorge Andrés c/ Provincia de Tierra del Fuego s/ Acción Meramente Declarativa”. Sin embargo, la jueza Zanini advirtió que actualmente existe un recurso de queja en trámite ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, lo que significa que la instancia extraordinaria federal sigue abierta.

Aunque un fallo pueda empezar a ejecutarse, no está "firme" mientras existan recursos pendientes que puedan revertirlo. El Juzgado Electoral aclaró que no ignora el carácter no suspensivo de la queja, pero determinó que el requisito específico de firmeza exigido por el máximo tribunal provincial simplemente no se cumplía al momento de emitirse el decreto de convocatoria.

El fallo fundamenta la decisión en la necesidad de blindar el sistema democrático de zonas grises o futuras nulidades que afecten los comicios. De acuerdo con el texto legal, en el ámbito electoral la seguridad jurídica y la certeza institucional son pilares innegociables para garantizar la transparencia y la confianza de la ciudadanía.

La jueza Zanini recordó que el Juzgado Electoral tiene la obligación de ejercer un control estricto de legalidad sobre todos los actos previos a una votación, contando con la facultad de actuar incluso de oficio cuando se ve comprometido el orden público electoral.

La resolución judicial se da a conocer en un escenario de fuerte pulso político y coincide con el tablero legislativo de la provincia. De manera indirecta, el fallo de la jueza Zanini avala y da sustento jurídico a la decisión de la Legislatura provincial, que el viernes pasado votó a favor de derogar la ley que llamaba originalmente a la reforma de la Constitución Fueguina, sepultando —al menos por ahora— los planes de modificación de la carta magna provincial.

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