Corte Suprema en modo "Trámite Exprés": ¿Eficiencia o menos ojos mirando?

Opinion17/06/2026 Por Dihcar Labina

ESTUDIO FERNANDEZ

Seamos sinceros: a nadie le gusta hacer cola, esperar un turno o lidiar con la burocracia del Estado. El "trámite exprés" es hermoso si estás renovando el registro o esperando el pasaporte para irte de vacaciones. Pero, ¿aplicar el mismo criterio de velocidad para elegir a los tipos que van a tener la última palabra sobre las leyes, tu libertad y tus bienes? Ahí la cosa ya deja de ser una genialidad de la eficiencia y empieza a dar un poquito de vértigo.

El flamante Decreto 467/2026 modificó el histórico esquema que regulaba el nombramiento de los jueces de la Corte Suprema, borrando de un plumazo los filtros de participación ciudadana y las sugerencias de diversidad en el Poder Ejecutivo.

La decisión se sustenta en lo que el Gobierno define como una “crisis institucional” derivada del alto nivel de vacantes en el Poder Judicial, especialmente en los tribunales inferiores, situación que —según el decreto— afecta el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y provoca demoras en los procesos judiciales, con impacto directo en el derecho al debido proceso.

En ese marco, la reforma elimina instancias administrativas previas dentro del ámbito del Ejecutivo que, de acuerdo con la argumentación oficial, duplicaban mecanismos de evaluación ya previstos en el Senado. Entre ellas, se derogan disposiciones vinculadas a la recepción de observaciones ciudadanas y a ciertos criterios de valoración de candidatos establecidos en 2003.

El "vía rápida" al Máximo Tribunal

La justificación oficial de la Casa Rosada y el Ministerio de Justicia suena lógica a primera vista: la Justicia federal está tapada de vacantes, los juicios tardan años y hay que "agilizar" la cobertura de cargos. "Evitar redundancias", le dicen. El argumento es que, como los pliegos de los candidatos igual van al Senado —donde hay audiencias públicas y se pueden presentar objeciones—, mantener una instancia previa de control ciudadano en el Ministerio de Justicia era duplicar el papeleo.

El asesor presidencial Santiago Caputo lo resumió en la red social X con su tono habitual: "Si tienen un problema con eso lo que hay que hacer es elegir mejores senadores. El pueblo no gobierna ni delibera sino a través de sus representantes". Muy constitucional, muy de manual. Pero vamos a la realidad:

1.Antes (Decreto 222/2003): Filtros ciudadanos y criterios institucionales.

El Ejecutivo publicaba los candidatos. Se abría un período de 15 días para que ONGs, universidades y ciudadanos de a pie presentaran apoyos u objeciones al Ministerio de Justicia. Además, el Presidente debía "contemplar" criterios de diversidad de género y procedencia regional.

2.Ahora (Decreto 467/2026): Directo al Senado, sin escalas.

Se derogan los artículos de impugnación previa. El Ejecutivo sigue publicando los antecedentes en el Boletín Oficial, pero elimina la mesa de entrada de quejas ciudadanas en su órbita. Tampoco corre más la recomendación de balancear la Corte por género o federalismo.

Lo que se pierde en el camino de la "eficiencia"

¿Es real que se duplicaban tareas? Sí y no. El viejo Decreto 222/03 —un hito que en su momento oxigenó una Corte Suprema salpicada por el escándalo de la "mayoría automática" de los noventa— funcionaba como un amortiguador.

El filtro en el Ejecutivo obligaba a que el candidato pasara un riguroso examen social antes de que el Presidente firmara su postulación formal. Si el candidato tenía trapitos sucios insostenibles, la presión civil en esa primera etapa evitaba que el Ejecutivo pagara el costo político de enviar un pliego inviable al Congreso.

Al eliminar este paso, el Gobierno le quita el micrófono a la sociedad civil en la etapa de preselección. Ahora, la única ventanilla que queda abierta es la del Senado. Y convengamos que las comisiones legislativas no son precisamente un templo de la neutralidad técnica; son el ring de la rosca política pura y dura.

A esto se le suma un detalle no menor: dejar sin efecto la directiva de contemplar la diversidad de género y la procedencia regional. En un país profundamente centralista, y donde la representación de las mujeres en las cúpulas judiciales sigue siendo una deuda pendiente, ignorar activamente estos criterios parece, cuanto menos, un retroceso de dos décadas.

La rosca no delibera, negocia

La velocidad en los nombramientos es un reclamo legítimo, pero la calidad institucional no debería ser la moneda de cambio. Concentrar todo el juego de presiones y filtros únicamente en el Senado —donde los acuerdos se cocinan entre bloques y tras bambalinas— reduce los incentivos para buscar candidatos de consenso social amplio.

La idea de que "para opinar, hay que ganar una elección y ser senador" achica la democracia a un evento que ocurre cada dos años.

Cuando lo que está en juego es la cabeza del Poder Judicial, quizás un poco de esa "pesada burocracia" que obligaba a escuchar a los ciudadanos no era un estorbo, sino una garantía.

Al final, los trámites rápidos son buenísimos, excepto cuando el apuro te deja sin frenos...

Por lo menos, así lo veo yo...-CONTINUARÁ...

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