Procesaron y embargaron a Carlos Acuña, cotitular de la CGT

Actualidad12/11/2024
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El cotitular de la CGT (Confederación General del Trabajo), Carlos Acuña, fue procesado y embargado por ocho millones de pesos por un bloqueo realizado en octubre de 2021 a una estación de servicio ubicada en la avenida Jujuy y México.

El sindicalista había sido sobreseído en septiembre pasado, pero la Sala 4 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó esa decisión y confirmó el procesamiento de Carlos Acuña.

La Cámara encontró responsable a Carlos Acuña del delito de coacción en calidad de autor, por lo que dispuso un embargo sobre sus bienes o dinero hasta cubrir ocho millones de pesos. La resolución fue firmada por los jueces Julio Lucini, Pablo Lucero e Ignacio Rodríguez Varela, en disidencia parcial.

Puntualmente se acusa al líder del gremio SOESGyPE (Sindicato de Obreros de Estaciones de Servicios, GNC, Garajes, Playas de Estacionamiento y Lavadores de Autos de la Capital Federal y Provincia de Buenos Aires) de un bloqueo a una estación de servicio durante varias horas en la Ciudad y otras tres en Vicente López, Lomas de Zamora y San Pedro.

Según la denuncia de Antonio Roberto Rizzo, dueño de la estación Shell que se vio afectada, el gremialista se habría presentado con un "grupo con bombos y pancartas con la sigla del sindicato SOESGyPE" a las 9:30 horas para bloquear los accesos de la estación e impedir trabajar a los otros empleados, retirándose solo hasta las 16:30.

La protesta fue parte de una serie de bloqueos dispuestos por unos 100 miembros del sindicato, mientras se desarrollaban las negociaciones salariales con la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA), por lo que se denunció como un "accionar delictual planificado".

En su momento, el gremialista había manifestado que la medida se hizo bajo las normas y el estatuto de la actividad de "asambleas informativas pacíficas”; sin embargo, la Cámara consideró que los bloqueos tuvieron un “carácter coactivo”.

Los argumentos de la Cámara
Pese a que el sindicalista aseguró que el bloqueo hacía parte de asambleas pacíficas, la cámara consideró que, al tratarse de un bloqueo, dicha medida no estaría amparada en el derecho legítimo de huelga y que, en todo caso, “no es óbice a la sanción legal de tipos de conducta que importe extralimitaciones en el ejercicio razonable de dicho derecho”.

Además, subrayaron que "no habría existido un conflicto específico con los empleados de la empresa, sino de un reclamo general" de los gremialistas que fue planificado. También consideraron que en ese momento, se encontraba "en curso el procedimiento legal de conciliación”, por lo que no tenía lugar la protesta.

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