La Pampa: Fitosanitarios: legislación en otras provincias es similar a la provincia

La Pampa14/11/2024
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Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Entre Ríos tienen desde hace años regulada la aplicación de fitosanitarios. También con zonas de exclusión cercanas a poblados y cursos de agua. 

La Cámara de Diputados de La Pampa aprobó en el 2020 la Ley 3288 de Gestión Integral de Plaguicidas que, entre otros puntos, establece una distancia de fumigación de 3 mil metros por aire y por tierra a 500 metros de los espacios urbanos. Un tema que está legislado en otras provincias de manera similar. 

La ley en La Pampa está vigente y se cumple en toda la provincia. Prueba de esto es que Secretaría de Ambiente y Cambio Climático recibió 13 denuncias por prácticas prohibidas. Las localidades en las que ocurrieron son Santa Rosa, Winifreda, Martini, Alvear, Miguel Cané, Realicó, Macachin, Lagos, Speluzzi y Parera. El organismo aplicó sanciones en tres casos: Alvear, Macachín e Hilario Lagos. Incluso, algunos municipios han solicitado excepciones a las distancias para realizar aplicaciones. 

La inminente reglamentación de algunos artículos reinstaló el debate de los sectores agropecuarios que se opusieron a la ley desde siempre. Cuestionan, entre otros puntos, las distancias donde está prohibida la aplicación de fitosanitarios. Mencionan que quedan improductivas unas 200 mil hectáreas en la provincia y sacan cuentas de generaría un perjuicio económico a los productores rurales de casi 53.000 millones. El lobby agropecuario en contra de la ley hizo que se involucre el Gobierno Nacional de Javier Milei para meter presión. La vicepresidenta del INTA, María Beatriz "Pilu" Giraudo, buscará reunirse para interceder entre el gobierno provincial y los productores, repitiendo el discurso de los ruralistas. 

La Pampa es una de las últimas provincias que reguló la aplicación de fitosanitarios. Otras provincias tienen legislación desde la década de los 90, cuando todavía se desconocía las consecuencias que tienen sobre la salud de la población esos productos. Las zonas donde no se permite las aplicaciones no quedan improductivas, ya que se pueden ser utilizadas para producciones agroecológicas. 

Buenos Aires

La ley en Buenos Aires establece limitaciones específicas en cuanto a la distancia mínima desde áreas urbanas para el uso de fitosanitarios. Según la normativa actual, las aplicaciones aéreas deben realizarse a una distancia mínima de 2.000 metros de los centros poblados, mientras que las aplicaciones terrestres están permitidas a partir de 500 metros. Sin embargo, estos límites pueden variar a nivel municipal, donde algunas localidades han optado por restricciones más estrictas para reforzar la seguridad de sus habitantes.

Entre Ríos

En Entre Ríos, la regulación de fitosanitarios se encuentra definida en la Ley N.º 6.599 y su Decreto Reglamentario N.º 279/03, que establecen distancias mínimas para proteger a la población y el entorno. Las aplicaciones aéreas deben realizarse a 3.000 metros de áreas pobladas, mientras que las terrestres están restringidas a una distancia de 50 metros. Como en otras provincias, muchos municipios en Entre Ríos han optado por regulaciones complementarias, especialmente cerca de establecimientos educativos y de salud, reforzando las zonas de amortiguamiento en áreas con alta vulnerabilidad.

Córdoba

En Córdoba, la Ley Provincial 9.164 regula las aplicaciones de productos fitosanitarios. La normativa establece que las aplicaciones aéreas deben realizarse a una distancia mínima de 1.500 metros de zonas urbanas, mientras que las terrestres deben respetar una distancia de 500 metros. La provincia también establece zonas de amortiguamiento alrededor de áreas sensibles, como escuelas o centros de salud, para reducir la exposición de poblaciones vulnerables a estos productos.

Santa Fe

Santa Fe cuenta con una de las normativas más estrictas y avanzadas en términos de aplicación de fitosanitarios. 

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