Chubut: La Legislatura aprobó una ley que permite el desalojo inmediato de inmuebles usurpados y acelera la devolución a los propietarios

Chubut08/12/2024
USURPACIONES

Ante la problemática por las usurpaciones a terrenos y viviendas que desde hace años afectan a la provincia, la Legislatura de Chubut aprobó este jueves una ley clave que agilizará el proceso de desalojo de los inmuebles ocupados y la restitución inmediata a sus propietarios.

Se trata del artículo 238 bis, el cual fue incorporado a la Ley XV N.º 9 a partir de una reforma al Código Procesal Penal provincial. El proyecto había sido elaborado por el poder Ejecutivo chubutense e impulsado por el propio gobernador Ignacio “Nacho” Torres, quien lo definió como “un avance trascendental para garantizar el derecho de propiedad y proteger a las víctimas”.

 Esta nueva ley, que recibió el visto bueno de la mayoría de los legisladores, habilita al juez avanzar en el procedimiento sin necesidad de esperar el desenlace de la causa penal. El pedido para su ejecución podrá realizarlo el fiscal, el querellante o incluso la propia víctima.

Tras su aprobación, el mandatario local celebró su incorporación y afirmó: “Lo que hace esta Ley es garantizar que, en casos de usurpaciones, el legítimo dueño no deba esperar años para recuperar lo que le pertenece. La Justicia tiene que estar al servicio de las víctimas y protegerlas”.

 En la misma línea, el gobernador subrayó que esta reforma implica un cambio de enfoque para enfrentar esta problemática y destacó que, con su sanción, “se terminaron los años donde las víctimas eran los delincuentes”. “Nuestra responsabilidad es proteger a la gente de bien, y aquel que cometa un delito deberá pagar las consecuencias”, agregó Torres.

La usurpación de terrenos en la provincia patagónica es una problemática que afecta a Chubut desde hace décadas. Uno de los últimos casos que trascendieron tuvo una resolución judicial semanas atrás, cando la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia ordenó el inmediato desalojo y la expulsión de un grupo de personas que estaban ocupando “ilegalmente” un sector de la Reserva Nacional Los Alerces y del Parque Nacional del mismo nombre. Decían ser pobladores con permisos de ocupación en ciertos sectores de esa área, como integrantes de la comunidad Lof Paillako, y desembarcaron allí en 2020, en medio de la pandemia.

El fallo destacó la “falta de conexión con el territorio que la comunidad reclama” y avala la conclusión referida a que la ocupación que se invoca es ilegítima y como tal “no constituye título alguno para repeler” su expulsión.

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