Archivan la causa por el cruce de Facundo Manes y Santiago Caputo en el Congreso

Actualidad31/03/2025
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Para la jueza María Eugenia Capuchetti el episodio protagonizado por el Diputado y el asesor presidencial se trató de una "disputa política". Los abogados de Manes adelantaron que apelarán el fallo.

La jueza Maria Eugenia Capuchetti determinó la inexistencia de delito y dispuso el archivado de la causa judicial que el Diputado Nacional Facundo Manes le inició a Santiago Caputo por supuestas amenazas coactivas en su contra tras el incidente que ambos protagonizaron durante la apertura de sesiones ordinarias en el Congreso el pasado 1 de marzo.

De acuerdo al fallo al que accedió MDZ, el altercado entre el asesor presidencial y el legislador durante y después del discurso de Javier Milei se trató de una "disputa política acalorada". La magistrada aclaró que la hipótesis planteada en la investigación "no encuentra respaldo suficiente en la prueba que se ha incorporado en la causa".

Capuchetti diferenció lo ocurrido en el recinto de lo acaecido en los pasillos del edificio del Congreso. Para ello analizó una batería de medidas requeridas por el fiscal Ramiro González quien dio impulso a la acción penal tras formular el requerimiento de instrucción. 

El estudio se centró en la documentación enviada por Congreso y la Secretaría General de la Presidencia, así como también los registros fílmicos del palacio legislativo del 1 de marzo de 2025 así como también de 9 canales de televisión que participaron de la cobertura de la apertura de sesiones ordinarias.

De los informes consignados, Capuchetti constató que ni Caputo ni Manes tenían custodia asignada y que el Congreso de la Nación "no labró actuación alguna para investigar administrativamente alguna conducta sucedida allí". 

A criterio de la jueza, más allá de la indignación sobre la manera en que se desarrollaron ciertos acontecimientos, en especial los que protagonizan las instituciones públicas de gobierno, con publicidad y de cara a la opinión general, "no implica necesaria y automáticamente que deba intervenir el derecho penal" al tiempo que hizo una distinción entre una disputa política "en un adecuado contexto" y lo que podría entenderse como una discusión que fuera más allá y que pudiera convertirse en una amenaza o un acto de violencia.

"Las discusiones en el interior del Congreso, aunque puedan ser intensas o contener momentos de confrontación verbal, deben ser comprendidas dentro de los márgenes de lo que se considera un intercambio político legítimo. Si bien ciertas expresiones de tono elevado pueden resultar inadecuadas o incluso reprobables desde una óptica ética, no puede olvidarse que tales conductas se desarrollan dentro de un ámbito en el que la confrontación de ideas es no solo aceptada, sino también estimulada por el diseño institucional del sistema democrático", señaló la jueza. 

Asimismo concluyó que "las conductas que se compruebe que desplegó Santiago Caputo, no puedan ser, en su juzgamiento y subsunción (o descarte) a una eventual figura penal, escindidas del contexto de debate público, acalorado y sensible, en que fueron desplegadas", sin dejar de lado que el contexto se dio en el ámbito legislativo, por lo que infirió que "los dichos propiciados por Caputo y Antunez no poseen la entidad suficiente para afectar la determinación del diputado nacional, y como tal no resultan idóneos para conformar el tipo penal".

Manes acusó a Caputo de dos delitos, el primero de "amenazas coactivas" y el segundo por molestarlo luego haber emitido una opinión en el ejercicio de su rol como legislador, hecho que de acuerdo a la Constitución está prohibido. El diputado señaló que no solo recibió gestos intimidatorios sino que, tras la alocución del Presidente fue increpado por el asesor quien se encontraba con un grupo de personas entre ellas el youtuber libertario Franco Iván Jeremías Antunes Puchol conocido como "Fran Fijap". 

Finalmente Capuchetti señaló que este tipo de inconvenientes "relacionado con el orden o el comportamiento en el interior del Honorable Congreso de la Nación debe abordarse conforme a los mecanismos administrativos establecidos por sus reglamentos internos, sin que ello implique directamente la intervención del ámbito penal".

Por otra parte, los abogados de Facundo Manes adelantaron que van a apelar la resolución, por entender que los argumentos son endebles, pues la jueza acepta los hechos pero sostiene que no constituyen un delito por estar en un marco legislativo. Según Mariano Bergés la apreciación es grave pues el asesor presidencial puede valerse de ese argumento y eventualmente repetir su accionar.
 

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