
Neuquén: Explosión en NAO: no habrá probation y los seis imputados irán a juicio por la tragedia
Neuquén31/07/2025




Un juez de garantías rechazó el pedido de suspensión de juicio a prueba (probation) que realizó el defensor de uno de los imputados en la trágica explosión de la refinería NAO, por lo que los seis acusados irán a juicio oral, tal como lo requirieron las víctimas a través de las querellas. La explosión ocurrió en Plaza Huincul en septiembre de 2022 y provocó la muerte de los trabajadores Víctor Herrera, Gonzalo Molina y Fernando Jara.


El juez de garantías Diego Chavarría Ruiz coincidió con el planteo del fiscal jefe Gastón Liotard y de la fiscal del caso Ana Mathieu y descartó los dos últimos intentos de las defensas para mejorar la situación de las personas imputadas. Rechazó atenuar los delitos que les atribuye la acusación y, por el otro, desestimó un pedido para que uno de los acusados suspenda el proceso a prueba.
Por esa resolución, Rodrigo Arias, el gerente general de NAO; Guido Torti, jefe de planta; Silvio Saibene, jefe de mantenimiento; Gimena Brillo, licenciada en Seguridad e Higiene; Alfredo Eduardo Novaro, el auditor externo de NAO, y la técnica en Seguridad e Higiene, Natalia González, irán a juicio ante un tribunal colegiado.
¿Hubo dolo o culpa?
La clave de la audiencia de control de acusación de hoy estuvo en la intención de las defensas de quitar la figura del “dolo eventual” en los delitos atribuidos. El juez rechazó esa posibilidad y mantuvo las imputaciones de la fiscalía y la querella: estrago culposo en su forma agravada por el resultado muerte respecto de Rodrigo Arias; y a estrago con dolo eventual en su forma agravada por el resultado muerte para Guido Torti, Silvio Saibene, Gimena Brillo, Alfredo Novaro y Natalia González.
El primer punto saldado fue el rechazo para suspender el proceso a prueba respecto de Arias, quien es el único de los imputados a quien se le atribuye haber tenido “culpa” y no “dolo eventual”, es decir, haber incurrido en una negligencia. Liotard y Mathieu se opusieron al planteo, entre otros puntos, porque si bien la escala penal va de 1 mes a 5 años, la fiscalía pretenderá una pena de ejecución efectiva, dado el grave resultado -3 muertes- y la repercusión social de lo ocurrido, con el impacto que tuvo el incidente en una localidad estrechamente relacionada con la actividad de la refinería.
El juez encontró fundada la oposición fiscal y la respaldó, por lo que dispuso que, como en el resto de los imputados, la situación de Arias se resuelva en el juicio.
Luego, ante el pedido de las defensas para considerar que en todos los casos, las conductas se encuadraron en la negligencia o culpa, también se apoyó en el rechazo expresado por la fiscalía. “Culpa implica un descuido, una negligencia. Y estamos muy lejos de eso. Podemos aceptarlo en un novato o en el gerente general, que operaba a distancia y no tenía la especialización. Pero no al resto”, sostuvo Mathieu, en referencia al conocimiento y a la experiencia de los imputados respecto de los riesgos que implicaban las conductas de control que se omitieron.
En el mismo sentido, Liotard agregó que en el dolo eventual, “lo central es que el autor se representa el peligro común que puede generar un estrago en una refinería, y si aun así nada hace, actúa con un dolo de peligro. Y con eso basta. Eso sostiene la jurisprudencia”.
Tras escuchar a las partes, el juez de garantías volvió a coincidir con el posicionamiento del Ministerio Público Fiscal, ratificó la acusación de acuerdo con las variantes del “dolo eventual”, más graves que las que intentaron las defensas.
“Advierto que existen circunstancias que determinan el siniestro: incumplimientos y falencias en los equipos e instalaciones. Hubo un antecedente, pero a pesar de eso, las personas acusadas continuaron sin adoptar ninguna medida que hubiera podido evitar”, evaluó Chavarría Ruiz, quien tras avalar la acusación fiscal, dispuso la continuidad de la audiencia con el análisis de la prueba.
La explosión
El hecho ocurrió el 22 de septiembre de 2022, alrededor de las cuatro y diez de la madrugada en la refinería y base de la empresa New American Oil S.A, situada en calle 3 del Parque Industrial de Plaza Huincul.
Durante la primera jornada del control de acusación, el fiscal jefe describió que tres operarios de la empresa, Víctor Herrera, Gonzalo Molina y Fernando Jara, trabajaban en el lugar cuando “se produjo un fuerte zumbido y en forma simultánea una emisión violenta a la atmósfera de los productos contenidos en el sector de procesos, más específicamente en el interior del Tanque 205, lo que ocasiona a su vez una nube de vapores o spray inflamables”.
Luego, sostuvo, “se tiñó la planta de negro, creando una mezcla altamente explosiva. Es así que esta nube de vapores al tomar contacto con una fuente de ignición idónea como fue uno de los artefactos eléctricos dentro de la sala de control – ubicada irregularmente a solamente 15 metros del ya indicado Tanque 205, el cual se inflama, o sea, se prende la mezcla y en su retroceso produce la explosión del Tanque 205 y la voladura del techo del mismo”.
Agregó que la combustión, “también llamada deflagración, se produce con una onda expansiva y frente de llama de modo casi instantáneo, ocasionando la muerte de los operarios Víctor Herrera, Gonzalo Molina, Fernando Jara, que se encontraban trabajando y quienes se conducían a la sala de bombas donde se encontraba una artesanal y precaria red contra incendios, quedando atrapados las tres personas en la bola de fuego producida al quemarse la masa de vapores emitidos, afectando además las instalaciones propias y linderas a la refinería, las cuales también fueron envueltas en llamas por los altos niveles de radiación térmica”.
El fiscal jefe precisó que las víctimas fallecieron producto de la exposición de sus tejidos a elevadas temperaturas, tanto en forma externa como en forma interna por inhalación, “concomitante con humos y productos liberados por la ocasión del fuego”.

















