Tierra del Fuego: El Poder Ejecutivo aprobó el nuevo régimen tarifario de los servicios que presta la DPOSS en Ushuaia y Tolhuin

Tierra del Fuego15/01/2025
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El jueves de la semana pasada entró en vigor el nuevo régimen tarifario de los servicios de agua y cloacas que la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios presta en Ushuaia y Río Grande, y que contempla la actualización mensual y automática de la tarifa.

En el decreto 047/25 se sostiene que “con el objetivo de implementar un mecanismo de ajuste tarifario adecuado a la dinámica inflacionaria actual resulta necesario establecer un proceso de actualización mensual a partir del período de facturación enero 2025” y que para ello se mantendrá vigente la actual “fórmula polinómica de ajuste, modificando únicamente la periodicidad de aplicación que pasará de anual a mensual”, ya que esa actualización tarifaria mensual “brindará una adaptación dinámica frente a los cambios en los costos operativos, otorgando mayor previsibilidad tanto a la DPOSS, que podrá programar sus adquisiciones y su mantenimiento, como para los usuarios, quienes podrán prever aumentos progresivos y ajustados en menor escaña, evitando los incrementos abruptos”.

Se señala que otro de los cambios planteados está relacionado con la aplicación del Coeficiente Zona que “busca redistribuir la carga de los costos del servicio y amortiguar los aumentos para aquellos sectores que requieren mayor acompañamiento del Estado”, para lo cual se resolvió ampliar “la brecha entre el coeficiente aplicado a las zonas donde se encuentran los barrios de alto poder adquisitivo y de las zonas más vulnerables”. A tal fin, se subdividió la actual Zona I (la que paga el servicio más caro) en dos; la Zona 1a a la que se le aplicará un coeficiente del 2,42 (un142%), y la 1b a la que se le seguirá aplicando un coeficiente del 2,20 (120%) respecto de la tarifa base. Esta rezonificación impactará en los usuarios de los barrios Mirador del Fernández; Paseo del Campo; Los Cauquenes; Terrazas del Fin del Mundo; Altos del Cauquén; Ushuaia Chico; Tierra de Leyendas; Vista Golondrina; Costa Susana; Casa del Sur, El Recodo; la Loma, Bahía Tolkeyén; Macizos frentistas de la calle Los Ñires y todos los nuevos macizos surgidos a partir de la sección J macizo 1000 y nuevas urbanizaciones privadas, salvo los urbanizados por el Instituto Provincial de Vivienda y el Municipio de Ushuaia.

También se indica que “como parte de los compromisos asumidos por esta gestión y en respuesta a la solicitud de diversos sectores de la comunidad, se introduce en esta actualización una nueva categoría de facturación del servicio para usuarios residenciales, la cual vincula directamente el costo del servicio con el consumo real de agua, promoviendo prácticas de consumo responsable entre los usuarios”. Inicialmente se fijó en 620,80 pesos el valor del metro cúbico de agua potable para el servicio medido residencial, contra los 367,70 pesos de valor unitario que se cobra por la facturación por tasa, pero se deja expresa constancia que el “inicio de este proceso requerirá un análisis continuo de su evolución y de los resultados obtenidos, siendo fundamental realizar un monitoreo constante de su aplicación para permitir los ajustes necesarios en la estructura del sistema que busquen asegurar su adecuado equilibrio”.

En lo referente al sistema medido se ajustaron los valores del metro cúbico de agua para las categorías Departamentos y Casa de Alquiler temporario (DAT y CAT) que pasaron de 921,74 a 1.051,56 pesos (+14%); la de Hoteles Clase Estándar que pasó de 921,74 a 1.106,91 pesos (+20%); Hoteles Clase Intermedia de 1.039,51 contra 1.389,26 pesos (+33%) y Hoteles Clase Superior de 1.156,73 contra 1.532,51 pesos (+33%). Para las demás categorías de usuarios de servicio medido el precio del metro cúbico se mantuvo sin cambios.

La tarifa incógnita

El nuevo cuadro tarifario aprobado contempla, como hasta ahora, el cobro de una carga fija, tanto para el servicio tasa como medido, cuyo valor base de 1.968,11 pesos, y un valor unitario del agua de 367,70 pesos para el servicio tasa. , y determina que ambos valores base se actualizarán mensualmente en función del resultado que arroje el Índice de Variación de Servicios DPOSS.

Tal rige en la actualidad, ese índice toma en consideración el Índice de Salarios Nivel General (INDEC); Índice de Precios al por Mayor Nivel General (INDEC); Indice de Precios al Consumidor – Bienes y Servicios Varios (INDEC), e Indice Costo Construcción Obras de Infraestructura Tierra del Fuego (Com. Redeterminación Precios TDF), pero también pude tener en cuenta “otras variables no estipuladas” que a entender de la DPOSS “permitan reflejar índices más representativos que condigan con el contexto económico en que se deba llevar a cabo dicha actualización”.

Pero más allá de la impreciso que resulta la conformación del IVS-DPOSS, el tarifario determina que el DPOSS deberá “realizar el proceso de cálculo” para la actualización tarifaria mensual “con la antelación necesaria para que la aplicación del ajuste se vea reflejada en la facturación de cada mes”, pero “teniendo en cuenta que los índices (que conforman el IVS-DPOSS) son publicados con un atraso mínimo de 2 meses, se procederá a su corrección mes a mes según su aparición. Esto significa que el Índice de Variación de Servicios mensual estará compuesto por un índice provisorio calculado utilizando los últimos Índices conocidos en ese momento, más la corrección correspondiente al mes anterior”, ello en caso de que “los índices hubieren aparecidos, caso contrario, deberán efectuarse dicha corrección cuando se publiquen”.

Resulta evidente entonces, que cualquier duda sobre el porcentaje de aumento mensual que la DPOSS aplicar sobre su tarifa quedará despejada cuando el usuario tenga que pagar la factura.

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