Neuquén: El Gobierno provincial reglamentó el uso policial de armas no letales

Neuquén07/06/2025
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El Gobierno de la provincia de Neuquén reglamentó el uso, por parte de la Policía, de armas no letales (también denominadas menos letales) para la prevención, detección y cese de hechos delictivos. En el Boletín Oficial se publicó el Decreto 0631 que establece la reglamentación de la Ley 3474.

La reglamentación establece que “solo pueden emplearse armas homologadas por autoridades nacionales o que ya estén en uso por otras fuerzas de seguridad en el país, previa capacitación obligatoria, por parte de los efectivos en: uso legítimo de la fuerza, normas y principios de derechos humanos y uso adecuado y efectos de estos dispositivos”.

También que “la Policía deberá mantener un registro del personal capacitado, con detalles del instructor, fechas y actualizaciones”.

Respecto del control y monitoreo se establece “un sistema de monitoreo permanente del uso y efectos de estos dispositivos y que ese uso debe documentarse mediante grabación audiovisual, conforme protocolos provinciales y nacionales y dichos registros deben servir para mejorar la capacitación y orientar su despliegue”.

El empleo de armas no letales está habilitado para: inmovilizar o detener a personas que representen un peligro inminente, ejercer la legítima defensa propia o de terceros, e impedir la comisión de un delito.

Y en cuanto a las restricciones, el documento menciona que “está prohibida la modificación del arma para aumentar su poder ofensivo, que no deben utilizarse de forma indiscriminada ni contra personas vulnerables (niños, embarazadas, adultos mayores, personas con discapacidad), y está prohibida la transferencia a particulares o agentes no autorizados”.

Finalmente, la ley obliga al efectivo policial, antes del uso de armas no letales, a identificarse a viva voz salvo “si esto implica un riesgo evidente”.

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