La Cámara Nacional Electoral prohibió que Cristina Kirchner vote en las elecciones legislativas de octubre

Actualidad16/09/2025
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La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió de manera unánime revocar la habilitación que le permitía a Cristina Kirchner ejercer su derecho al voto a pesar de la condena firme que pesa sobre ella en la causa "Vialidad". El fallo, firmado por los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, dejó sin efecto la decisión tomada el 18 de julio por la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, quien había declarado la inconstitucionalidad de los artículos que utilizaron.

El tribunal fundamentó su decisión en dos antecedentes claves: el caso "Procuración Penitenciaria" y el fallo "Orazi" de la Corte Suprema, por lo que la expresidenta está inhabilitada. De acuerdo con la CNE, la resolución de la jueza Borruto incumplió las "condiciones mínimas" que exige la jurisprudencia y relataron que el fallo se realizó sin que existiera un pedido explícito de Cristina Kirchner o del Ministerio Público.

Esto invalidaría de raíz el procedimiento que llevó adelante CFK. Además, advirtieron que no se evaluó adecuadamente si su situación habilita, jurídica y fácticamente, el ejercicio del voto, teniendo en cuenta la naturaleza del delito por el cual fue condenada y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos impuesta por el Código Penal.

 CFK permanece con una condena de seis años.
En ese sentido, los camaristas remarcaron que la exclusión del padrón no se trató de una interpretación discrecional, sino de la aplicación directa de las normas vigentes. Recordaron que el artículo 12 del Código Penal establece la inhabilitación absoluta para quienes reciben condenas firmes por delitos dolosos y que el artículo 3 del Código Nacional Electoral dispone la exclusión de tales personas del registro electoral, dejando fuera de foco a CFK.

La decisión de la Cámara Nacional Electoral impacta de lleno en el escenario electoral de octubre, ya que Cristina Kirchner no podrá emitir su voto en las legislativas. El fallo también reabre el debate sobre el alcance de los derechos políticos de las personas condenadas y el rol que debería asumir el Congreso para actualizar la normativa vigente.

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